De acuerdo con las bases específicas de la modalidad iniciativas emprendedoras, en su punto octavo apartado A, se establecen las condiciones para realizar el abono del premio en el caso de proyectos que no estuvieran constituidos como empresa, estableciendo:
- Un primer pago de un tercio del premio correspondiente tras el acto público de entrega de premios.
- Un segundo pago de los dos tercios restantes del premio que sólo se haría efectivo una vez se hubiera constituido legalmente la empresa, acreditándolo con la entrega de la documentación solicitada, y estableciéndose para ello un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la resolución definitiva.
Una vez pasados los 6 meses publicamos la Resolución del Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Granada, de 28 de noviembre de 2024, por la que se declara la pérdida del derecho al cobro del segundo pago del premio del XI Concurso de Emprendimiento Universitario 2023.
El XI Concurso de Emprendimiento Universitario, que complementa el VII Concurso de Ideas, ha sido organizado por el Vicerrectorado de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento y la Dirección de Emprendimiento de la Universidad de Granada, con el objetivo de fomentar la cultura y espíritu emprendedor de la comunidad universitaria.
